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 CAPÍTULO 138 - IMPEDIR QUE LA PAREJA PARTICIPE EN ALGÚN ASUNTO COMÚN.



Enero 18, 2021, 05:31:47 am
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Desconectado Francisco de Sales

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CAPÍTULO 138 - IMPEDIR QUE LA PAREJA PARTICIPE EN ALGÚN ASUNTO COMÚN.
-CUANDO LA PAREJA ESTÁ DESCOMPENSADA-

Este es el capítulo 138 de un total de 200 –que se irán publicando-  que forman parte del libro RELACIONES DE PAREJA: TODO LO QUE NO NOS HAN ENSEÑADO Y CONVIENE SABER


Partimos de la base de que ambos miembros de la relación tienen derecho a conocerlos, a opinar, y a colaborar en los asuntos comunes que afectan a ambos.

El hecho de que solamente uno de ellos quiera hacerse cargo de un asunto que es común indica, en principio, un menosprecio o ninguneo hacia el otro, ya que no es tenido en cuenta, ni valorado, y se trata de un asunto que afecta o puede afectar a ambos. La excepción se produce cuando el otro está incapacitado para tomar decisiones.

No se deben ocultar al otro las cosas que de algún modo le pueden incumbir. La pareja es la creación de ambos –si no fueran pareja serían dos individualidades-. Es necesario que cada uno conozca, si no lo conoce ya, desde la situación financiera común hasta los desencantos personales, desde los gustos propios hasta el estado de los electrodomésticos, y desde el amor que se le tiene hasta lo que realmente se piensa y lo que no le gusta de él o de ella.

Conviene no hacer cosas o tomar decisiones sin que el otro lo sepa, porque puede sentirse afectado de algún modo por esa desinformación, y también porque es posible que pueda aportar algún punto de vista distinto o una mejor solución, además de que es su derecho y su obligación conocer las realidades.

Si se le impide la participación lo puede sentir como un desprecio que ataque directamente a su Autoestima, o puede hacer que ese sea el inicio de un enfriamiento en la relación y un distanciamiento porque entonces él también se vea legitimado para tomar otras decisiones por su propia cuenta y sin consultar. O sea, el inicio de una guerra que ya se sabe que ambos van a perder.

Si el otro cede la responsabilidad y la búsqueda de las soluciones, y uno mismo lo prefiere así y lo acepta, todo está bien. Para el otro tal vez sea la postura más cómoda y más deseada, pero interesa contar con su beneplácito reconocido, no sólo dado por supuesto, para evitar conflictos posteriores.

A veces uno toma las decisiones por su cuenta y riesgo amparándose en que el otro “nunca protesta”, o “por no molestarle con menudencias”, o porque “en casa mando yo”, “porque no entiende de esto”, o por otras razones. Esto es delicado como se va a poder comprobar.

Es habitual que se distribuyan de algún modo las tareas y las responsabilidades en la pareja, pero es conveniente que las decisiones que sean importantes o que puedan afectar a ambos de algún modo sean consensuadas. No es muy importante decidir entre ambos qué se va a cenar esta noche, pero sí lo es cuando se trata de un cambio de trabajo o de domicilio, o algo que supone un gasto excesivo, por ejemplo.

Si la situación jurídica de la pareja es de bienes gananciales, el otro miembro adquiere, por ley, una obligación como responsable solidario de las deudas en las que se vea implicado –y la adquiere aunque no lo sepa, porque no saberlo no le exime de su responsabilidad-, o sea, que conviene consultarle porque si, por ejemplo, se hace una compra grande y no se puede pagar el otro si tendrá que pagarlo y puede que sea algo en lo que no ha tomado decisión y no esté de acuerdo.

SUGERENCIAS PARA ESTE CASO:

- Otra vez comunicación, comunicación, comunicación.
- Los asuntos que afectan a los dos tienen que ser sabidos por los dos.
- Si uno le pasa al otro las responsabilidades después no tiene derecho a reclamarle por las decisiones que haya tomado.
- Nadie está legitimado para tomar decisiones graves o importantes en nombre del otro sin que el otro lo sepa y haya dado su consentimiento.


Francisco de Sales


 

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